Resumen del Artículo Disposición final primera

Artículo Disposición final primera del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Disposición final primera. Creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo. En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno ha de presentar un proyecto de ley de creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final primeraDisposición final primera

Disposición final primera. Creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo.

En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno ha de presentar un proyecto de ley de creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo.

Norma publicada: 21 de junio de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final primera

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